Home El Tabo ¿ Tienen derecho los concejales a viajar para capacitarse con financiamiento municipal ?

¿ Tienen derecho los concejales a viajar para capacitarse con financiamiento municipal ?

by José V. Medina Z.
Viajes de concejales

 

 

Viajes de concejales

Viajes de concejales

No son funcionarios (públicos), por tanto, no tiene derecho a capacitación”, había indicado el Contralor General de la República, Jorge Bermúdez, en un programa de televisión.

En el dictamen contralor Nro. 66.882 de 12 de septiembre de 2016, se señala primeramente que, de acuerdo a la jurisprudencia administrativa, los concejales no tienen la calidad de funcionarios y, por lo tanto, no se les aplican las normas estatutarias, entre ellas, las relativas a las capacitaciones y su consecuente financiamiento.

Además se indica que de acuerdo a la Ley Nro. 18.575, (Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado), (art.54 letra b), los concejales tienen la calidad de autoridad y no de funcionarios municipales por lo que no se les puede aplicar las normas de la ley N° 18.883, (Estatuto Administrativo para Funcionarios Municipales), entre las que se encuentran las relativas a la capacitación, por lo que, “las municipalidades se encuentran impedidas de solventar en dicho carácter, capacitaciones a los concejales“.

Sin embargo, en este mismo dictamen se explica que, posteriormente, se dictó la ley n° 20.742, (publicada el 01 de abril de 2014 y que, Perfecciona el Rol Fiscalizador del Concejo; fortalece la transparencia y Probidad en las municipalidades), que introdujo mediante el artículo 1°, N° 22, el artículo 92 bis a la ley N° 18.695,(Orgánica Constitucional de Municipalidades), que consagró legalmente la posibilidad de que los órganos comunales pudiesen asumir los gastos en capacitación de los concejales.

También se aclara que estas capacitaciones deben estar orientadas a que estos actualicen e incrementen sus conocimientos y destrezas para el buen desempeño de sus cargos en materias relacionadas, específicamente, con la gestión municipal.

En resumen se concluye que, los municipios si pueden financiar capacitaciones a los concejales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria. Para esto se deben aprobar todos los años las partidas presupuestarias para estos efectos.

También se aclara que los municipios deberán priorizar estas capacitaciones para los funcionarios municipales sobre los concejales.

En el caso particular de El Tabo, nuestro medio ya cuenta con el cuadro de gastos aproximados de cada uno de nuestros concejales, obtenidos a través de ley de transparencia, durante el periodo 2013-2016, el que publicaremos en los próximos días. LNT.

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